Declaración de renta 2026: fechas y cronograma

La declaración anual de renta se presenta entre marzo y junio del año siguiente al ejercicio, según el último dígito de tu RUC. Aquí están las fechas oficiales de 2026 y cómo declarar.

Fechas oficiales de la campaña 2026 (ejercicio 2025)

La Sunat (R.S. 000386-2025/SUNAT) fijó dos cronogramas para el ejercicio 2025. El cronograma general es para negocios con ingresos netos de 2024 mayores a 1,700 UIT, los que iniciaron operaciones en 2025 y quienes están fuera de la Ley 31940. El segundo es para las personas naturales y MYPE de la Ley 31940 con ingresos de hasta 1,700 UIT.

Último dígito RUCCronograma general (2026)Ley 31940: personas naturales y MYPE (2026)
026 de marzo27 de mayo
127 de marzo28 de mayo
230 de marzo29 de mayo
331 de marzo1 de junio
41 de abril2 de junio
56 de abril3 de junio
67 de abril4 de junio
78 de abril5 de junio
89 de abril8 de junio
910 de abril9 de junio
Buenos contribuyentes y no obligados a inscribirse en el RUC13 de abril10 de junio

Estas fechas ya pasaron: si no declaraste el ejercicio 2025, puedes presentar la declaración fuera de plazo en Sunat Operaciones en Línea y regularizar la multa y los intereses.

Ejercicio 2026 (campaña 2027): la Sunat publica el cronograma a fines de diciembre de 2026. Con el esquema de 2026, lo esperable es que se declare entre fines de marzo y junio de 2027, pero las fechas exactas pueden variar: confírmalas en sunat.gob.pe.

¿Quién está obligado a declarar?

  • ✓ Quienes tuvieron rentas de cuarta y quinta categoría en el año y la suma superó 7 UIT (S/ 38,500).
  • ✓ Independientes con recibos por honorarios por más de 7 UIT al año.
  • ✓ Quienes vendieron un inmueble, vehículo u otro activo.
  • ✓ Personas con rentas de capital (intereses, dividendos, alquileres) gravadas.
  • ✗ No es obligatorio si tus ingresos no superaron las 7 UIT y solo tuviste retenciones.

Aunque no estés obligado, conviene declarar si te retuvieron cuarta categoría: puedes recuperar las retenciones como saldo a favor.

Formularios y pasos para declarar

Personas naturales: Formulario Virtual 709 (renta de trabajo, cuarta y quinta categoría). Empresas: Formulario 710 (renta empresarial).

  1. Ingresa a Sunat Operaciones en Línea con tu clave SOL.
  2. Selecciona «Declaraciones» → «Renta Anual» y el formulario 709 o 710.
  3. Revisa los datos precargados (rentas de trabajo, retenciones, aportes).
  4. Ingresa tus rentas de cuarta categoría y deducciones si corresponden.
  5. Confirma el impuesto resultante; si te salió saldo a favor, solicita la devolución.

Ten a mano: boletas de pago, recibos por honorarios, constancias de retención y tus gastos deducibles si los aplicas (arrendamiento, donaciones, etc.).

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta la declaración de renta?+

La declaración anual del ejercicio 2025 se presentó en 2026: entre el 26 de marzo y el 13 de abril para el cronograma general, y entre el 27 de mayo y el 10 de junio para las personas naturales y MYPE incluidas en la Ley 31940 (ingresos netos de 2024 de hasta 1,700 UIT). La del ejercicio 2026 se presentará en 2027 con el cronograma que la Sunat publica a fines de diciembre. Las personas naturales usan el formulario 709 y las empresas el 710, por Sunat Operaciones en Línea.

¿Quién está obligado a declarar renta?+

Debes declarar si: trabajas en planilla y tu renta anual superó 7 UIT, emites recibos por honorarios por más de 7 UIT al año, vendiste un inmueble o vehículo, o recibes rentas de cuarta/quinta categoría. Si solo te retuvieron y tus ingresos no superaron las 7 UIT, no estás obligado, pero puedes declarar para recuperar retenciones.

¿Qué pasa si no declaro renta?+

Presentar la declaración fuera de plazo es una infracción del Código Tributario (art. 176): la multa depende del tipo de contribuyente y puede llegar a 1 UIT (S/ 5,500), con rebajas si regularizas voluntariamente, más los intereses moratorios si hay impuesto por pagar. Revisa la tabla de infracciones en sunat.gob.pe.

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