Cómo Calcular la Gratificación en Perú

Guía completa con fórmula, ejemplos paso a paso y cálculo proporcional para que sepas exactamente cuánto debes recibir en julio o diciembre.

Fórmula para Calcular la Gratificación

El cálculo de la gratificación en Perú sigue una fórmula establecida en la Ley 27735. Es un proceso sencillo que consta de tres pasos: determinar la remuneración computable, calcular la gratificación base y sumar la bonificación extraordinaria.

Fórmula general:

Gratificación = (Remuneración Computable / 6) x Meses trabajados en el semestre

Bonificación extraordinaria = Gratificación x 9% (EsSalud) o 6.75% (EPS)

Monto a depositar = Gratificación + Bonificación

La Remuneración Computable es el sueldo base del trabajador más la asignación familiar (S/ 123) si corresponde. No incluye conceptos variables como horas extras, comisiones, bonos por productividad ni gratificaciones extraordinarias. Para trabajadores comisionistas, se toma el promedio de los últimos seis meses.

Paso a Paso para el Cálculo

Paso 1: Determina la Remuneración Computable

Suma tu sueldo base más la asignación familiar si tienes hijos menores de 18 años. Ejemplo: si ganas S/ 2,200 y tienes asignación familiar, tu remuneración computable es S/ 2,200 + S/ 123 = S/ 2,323.

Paso 2: Divide entre 6 y multiplica por meses trabajados

La gratificación se calcula en proporción a los meses trabajados en el semestre. Divide la remuneración computable entre 6 y multiplica el resultado por la cantidad de meses completos trabajados. Si trabajaste todo el semestre (6 meses), el resultado es igual a tu remuneración computable.

Paso 3: Calcula la bonificación extraordinaria

Sobre la gratificación obtenida, aplica el 9% si estas afiliado a EsSalud o el 6.75% si tienes EPS. Este monto adicional lo paga el empleador y no te lo descuentan. Sumalo a la gratificación para obtener el depósito total.

Ejemplo 1: Cálculo Completo (6 meses trabajados)

Supongamos que tienes un sueldo de S/ 2,200, sin asignación familiar, y trabajaste los 6 meses completos del semestre (enero a junio para la gratificación de julio, o julio a diciembre para la de diciembre).

Remuneración Computable = S/ 2,200 (sin asignación familiar)

Meses trabajados = 6

Gratificación = (S/ 2,200 / 6) x 6 = S/ 2,200

Bonificación EsSalud 9% = S/ 2,200 x 0.09 = S/ 198

Monto depositado: S/ 2,398

Ejemplo 2: Con Asignación Familiar

Ahora considera el mismo sueldo de S/ 2,200 pero con asignación familiar (S/ 123). La remuneración computable aumenta y el cálculo cambia:

Remuneración Computable = S/ 2,200 + S/ 123 = S/ 2,323

Meses trabajados = 6

Gratificación = (S/ 2,323 / 6) x 6 = S/ 2,323

Bonificación EsSalud 9% = S/ 2,323 x 0.09 = S/ 209.07

Monto depositado: S/ 2,532.07

La diferencia es de S/ 123.17 adicionales respecto al ejemplo anterior, gracias a la inclusión de la asignación familiar. Recuerda que este beneficio aplica solo si tienes hijos menores de 18 años o hijos mayores con discapacidad.

Ejemplo 3: Cálculo Proporcional (menos de 6 meses)

Si ingresaste a trabajar durante el semestre, la gratificación se calcula de forma proporcional. Por ejemplo, ingresaste el 15 de marzo con un sueldo de S/ 2,200 sin asignación familiar. Para la gratificación de julio, los meses computables son abril, mayo y junio (3 meses). Marzo no cuenta como mes completo porque ingresaste después del primer día.

Remuneración Computable = S/ 2,200

Meses trabajados en el semestre = 3 (abril, mayo, junio)

Gratificación = (S/ 2,200 / 6) x 3 = S/ 1,100

Bonificación EsSalud 9% = S/ 1,100 x 0.09 = S/ 99

Monto depositado: S/ 1,199

En este caso, al haber trabajado solo la mitad del semestre, recibes la mitad de la gratificación completa. La bonificación también se reduce proporcionalmente. Este mismo cálculo aplica si trabajaste 1, 2, 4 o 5 meses.

Ejemplo 4: Proporcional con Asignación Familiar

Mismo caso anterior (ingreso el 15 de marzo) pero con asignación familiar incluida:

Remuneración Computable = S/ 2,200 + S/ 123 = S/ 2,323

Meses trabajados = 3

Gratificación = (S/ 2,323 / 6) x 3 = S/ 1,161.50

Bonificación EsSalud 9% = S/ 1,161.50 x 0.09 = S/ 104.54

Monto depositado: S/ 1,266.04

Cálculo para Régimen de Pequeña y Microempresa

No todos los trabajadores reciben el mismo monto de gratificación. El régimen laboral de la empresa determina el cálculo:

  • -Régimen General (DL 728): Remuneración completa + bonificación 9% EsSalud o 6.75% EPS.
  • -Pequeña Empresa (REMYPE): Media remuneración (la mitad de la RC) más la bonificación extraordinaria (9% EsSalud o 6.75% EPS) calculada sobre ese monto.
  • -Microempresa (REMYPE): Si está inscrita en el REMYPE, no está obligada a pagar gratificación. Los trabajadores contratados antes de la inscripción conservan el derecho a media remuneración.

Por ejemplo, un trabajador de una pequeña empresa con sueldo de S/ 2,200 y 6 meses trabajados recibirá S/ 1,100 de gratificación (media remuneración) más S/ 99 de bonificación extraordinaria (9% de S/ 1,100), es decir, S/ 1,199 en total. La bonificación equivale al aporte a EsSalud que el empleador ya no paga sobre la gratificación (Ley 30334), y la pequeña empresa sí aporta a EsSalud, por lo que también corresponde. Si quieres saber tu caso particular, usa nuestra calculadora de gratificación que incluye todos los regímenes.

Cálculo con Sueldo Mínimo (RMV vigente)

La Remuneración Mínima Vital (RMV) es de S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026. Si ese es tu sueldo base y tienes asignación familiar (S/ 123), el cálculo sería:

Remuneración Computable = S/ 1,230 + S/ 123 = S/ 1,353

Gratificación (6 meses) = S/ 1,353

Bonificación EsSalud 9% = S/ 121.77

Monto depositado: S/ 1,474.77

Errores Comunes al Calcular la Gratificación

Incluir horas extras o bonos

La RC solo incluye el sueldo base y la asignación familiar. No se consideran horas extras, comisiones ni bonos por productividad.

Olvidar la bonificación extraordinaria

EsSalud o EPS no se descuentan del trabajador. La bonificación del 9% o 6.75% la paga el empleador y se suma al monto depositado.

Calcular mal los meses proporcionales

Si ingresaste el 15 de marzo, marzo no cuenta como mes completo. Solo abril, mayo y junio (3 meses).

Confundir regímenes laborales

No todos reciben sueldo completo. La pequeña empresa paga media remuneración más la bonificación del 9%, y la microempresa inscrita en el REMYPE no está obligada a pagar gratificación.

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