La regla general: sobretasa del 100%
Según el Decreto Supremo 007-2002-TR, trabajar en tu día de descanso semanal(normalmente el domingo) o en un feriado no laborable obliga al empleador a pagarte la remuneración del día más una sobretasa del 100%: en total, el doble del valor de un día de trabajo.
Pago total del día trabajado = 2 × remuneración diaria
Ejemplo con RMV S/ 1,130 (día = S/ 37.67):
Domingo o feriado trabajado = S/ 37.67 × 2 = S/ 75.33
La remuneración diaria se obtiene dividiendo tu remuneración ordinaria mensual entre 30 (no entre los días del mes). Incluye el sueldo base y las asignaciones permanentes.
