La regla general: sobretasa del 100%
Según el Decreto Legislativo 713 (arts. 3 y 9), trabajar en tu día de descanso semanal (normalmente el domingo) o en un feriado no laborable sin que te den un día de descanso sustitutorio obliga al empleador a pagarte la retribución por la labor más una sobretasa del 100%: dos remuneraciones diarias adicionales a tu sueldo mensual, que ya incluye el pago de ese día.
Pago adicional por el día trabajado = 2 × remuneración diaria
Ejemplo con RMV S/ 1,230 (día = S/ 41.00):
Domingo o feriado trabajado = S/ 41.00 × 2 = S/ 82.00 adicionales
La remuneración diaria se obtiene dividiendo tu remuneración ordinaria mensual entre 30 (no entre los días del mes). Incluye el sueldo base y las asignaciones permanentes.
